El Tribunal Supremo establece que el plazo de prescripción para determinar la deuda tributaria es de 4 años y debe calcularse de fecha a fecha

El Tribunal establece como doctrina que “el plazo de cuatro años de prescripción del derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación, previsto en el art. 66 LGT, se ha de computar de fecha a fecha con independencia de que el último día de dicho plazo sea hábil o inhábil”. El …

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